Una vez cerrado el período de inscripción, la SECyT de cada IUP analizará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Reglamento. En caso de no cumplimiento, la presentación se considerará no admisible y será desestimada.
Una vez analizada la admisibilidad, cada IUP deberá publicar en su página web el listado de presentaciones admitidas y no admitidas. A partir de esta publicación los postulantes dispondrán de cinco días hábiles para presentar impugnaciones. Una vez transcurrido el plazo, no se admitirán nuevas impugnaciones. Cada IUP las resolverá y publicará el listado definitivo de postulaciones admitidas, quedando de este modo concluido el proceso de admisibilidad. (Reglamento de Beca EVC-CIN. Resol. P. Nº 351/16).
Sobre las becas
En el marco del “Plan de Fortalecimiento de la Investigación Científica, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación en las Universidades Nacionales”, el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) financiará Becas de Estímulo a las Vocaciones Científicas (EVC) para estudiantes universitarios de grado que deseen iniciar su formación en investigación, en el marco de Proyectos de Investigación acreditados que se desarrollen y cuenten con financiamiento, en el ámbito de las Instituciones Universitarias Públicas (IUP), en disciplinas científicas, humanísticas, tecnológicas o artísticas.
La inscripción a estas becas ya se encuentra cerrada.